La AFE amenaza la estabilidad del Recreativo en la categoría

Para la Asociación de Futbolistas, la Ley Concursal no evitaría que baje a Segunda B si en julio no está al día con los jugadores como manda el Reglamento de la Federación.
La AFE amenaza la estabilidad del Recreativo en la categoría
El diario ABC ha publicado un extenso análisis de la situación que puede encontrarse el Betis en el futuro, con relación a su situación económica y que puede extrapolarse perfectamente al Recreativo, al estar ambos clubes en Ley Concursal y con deudas contraídas con jugadores de su plantilla antes de que entrara en concurso voluntario.
Así según publica el citado medio, en septiembre pasado la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) emitió un comunicado anunciando que utilizaría “todos los recursos legales oportunos” a su disposición para que desciendan de categoría los clubes de Primera y Segunda división que se han acogido a la Ley Concursal y que a fecha de 31 de julio de 2011 mantengan deudas con los jugadores.
No existe ningún precepto legal en la Ley Concursal, ni en ninguna otra normativa, que impida el descenso de categoría como consecuencia de no hallarse al corriente pago de sus obligaciones económicas“, defendió el ’sindicato’.
El artículo 192 del Reglamento de la Federación de Fútbol es taxativo cuando dice que a las 12:00 horas del último día hábil del mes de junio de cada año los clubes tienen que haber cumplido con sus compromisos de pago con futbolistas, técnicos u otros clubes, así como cumplidas las sentencias de los juzgados de lo Social. Asimismo, deben estar en esa fecha al corriente de sus débitos con la Federación y, en general, de otros derivados de la relación deportiva.
El Reglamento federativo establece que las sociedades deportivas que incurran en morosidad a 31 de julio quedarán excluidas de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, por lo que no les quedaría más opción que competir en Segunda División B si estaban en Primera o Segunda división.
Asimismo, señala que “en ningún caso, aunque por su puntuación obtuviere el ascenso, un club podrá adscribir equipos a la categoría en que contrajo las deudas impagadas hasta que las hiciera efectivas” y “todos los futbolistas del equipo moroso quedarán en libertad para inscribirse en el que deseen“. El incumplimiento de las obligaciones económicas con los futbolistas antes del último día hábil de junio determinará que no se expidan licencias de futbolistas al club moroso.
Por si quedara alguna duda, el Reglamento acaba su artículo 192 diciendo que en los supuestos de impago por parte de los clubes de sus obligaciones económicas, la RFEF adoptará las medidas de caución reglamentariamente previstas e incluso, si no obtuviera el fin que pretende, “inhabilitándoles para competir en la división a que estuvieren adscritos por no concurrir el requisito de estar al corriente de sus pagos“.
Lo que si se conocía, al ser de dominio público, es que el concurso de acreedores al que ha pedido acogerse el Recre le permitiría no hacer frente a las deudas contraídas, ya que una vez que se aplique la Ley Concursal, el club no podrá pagar a futbolistas sin autorizacion del juez de lo Mercantil.
Según aseguraron prestigiosos juristas consultados por el diario ABC, la Ley Concursal impide la aplicación de la legislación deportiva, al tiempo que niegan que el Reglamento de la Federación Española de Fútbol tenga categoría de legislación deportiva “porque no son más que unas normas reglamentarias internas“.
Como ejemplo de que la Ley Concursal prevalece sobre la legislación deportiva citan el caso de la UD Las Palmas, club al que la Federación no sancionó con el descenso tras entrar en concurso de acreedores y al que el juez de lo Mercantil valoró como un activo de la empresa los puntos de la clasificación. De hecho, desde el citado medio se asegura que el Recreativo de Huelva también intenta ahora que sus puntos sean considerados un activo en su concurso de acreedores.
Pero habrá que tener cuidado, ya que fuentes de la Federación Española de Fútbol insisten en que si no satisfacen sus deudas podrán quedar excluidos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional y pasar a Segunda división B.
En años anteriores, las deudas con futbolistas provocaron el descenso a Tercera de equipos como el Club Deportivo Logroñés, el Oviedo y el Compostela. De igual forma, fuentes jurídicas consultadas recuerdan el caso del RCD Mallorca, hoy en concurso de acreedores, al que la UEFA echó este año de la Liga Europa por sus problemas económicos y le dio su plaza al Villarreal. Para dirimir el conflicto con la UEFA, el Mallorca acudió a la justicia ordinaria, en lugar del Tribunal Arbitral Deportivo. Finalmente, los tribunales ordinarios se declararon incompetentes sobre este asunto.

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